MinSalud propone nuevo sistema para monitorear el abastecimiento de medicamentos y dispositivos médicos

El Ministerio de Salud y Protección Social dio a conocer el Proyecto de Resolución “Por la cual se establecen medidas para el monitoreo y gestión del abastecimiento de medicamentos y dispositivos médicos y se dictan otras disposiciones relacionadas”. ¿Cómo te impacta? 

Esta iniciativa surge en aras de cumplir el Auto 1282 de 2025 de la Corte Constitucional, el cual ordenó la implementación de una plataforma pública, interoperable y en línea que permita hacer seguimiento continuo de las cantidades de medicamentos y tecnologías producidas, importadas y comercializadas en el territorio nacional. 

Estructura del sistema de monitoreo

El proyecto busca formalizar la creación del Sistema de Monitoreo de Abastecimiento de Tecnologías en Salud, el cual describe como un esquema integral de seguimiento técnico y análisis del riesgo que vincularía a todos los eslabones de la cadena de suministro y a las autoridades sanitarias del sistema de salud. La norma propone cinco categorías con las cuáles se clasificaría el estado de la disponibilidad de los medicamentos o tecnologías: 

  • No desabastecido: Cuando las cantidades reportadas satisfacen la demanda nacional. 
  • En riesgo de desabastecimiento: Cuando se proyecten contingencias que, en un lapso de 3 a 6 meses, puedan hacer insuficiente la oferta frente a las necesidades del país. 
  • Desabastecido: Ausencia total de oferta aprobada y comercializada para cubrir la demanda. 
  • Descontinuado: Fármacos o dispositivos fuera del mercado por pérdida de interés comercial (sin afectar la atención por existir alternativas) o por retiros definitivos ante alertas sanitarias del Invima. 
  • No disponible: No hay disponibilidad en un territorio específico a pesar de que sí existe oferta a nivel nacional. 

Nuevas obligaciones para los actores de la cadena de suministro 

El articulado vincula de manera obligatoria a titulares de registro sanitario, importadores (incluyendo la modalidad de vitales no disponibles), distribuidores mayoristas, EPS, IPS, gestores farmacéuticos y operadores logísticos. Estos actores tendrían nuevas obligaciones frente al sistema de monitoreo, entre las cuáles se encuentran: 

  • Reporte obligatorio de datos: Los titulares e importadores deberán reportar periódicamente las unidades disponibles para venta, los volúmenes distribuidos y novedades que afecten la cadena de producción. 
  • Intervención ante cartera vencida: El proyecto establece que la Superintendencia Nacional de Salud podrá convocar obligatoriamente a espacios preventivos de diálogo cuando las deudas o mora en pagos con recursos públicos pongan en riesgo la disponibilidad de los insumos o la continuidad de su suministro. 
  • Visibilidad de inventarios al usuario: Los gestores farmacéuticos y dispensadores ambulatorios deberán implementar herramientas tecnológicas públicas de consulta en línea que permitan a los pacientes conocer la disponibilidad en tiempo real. 
  • Ajuste de producción e importación: Lo titulares deberán monitorear la demanda activamente y ajustar sus volúmenes de fabricación o importación para asegurar que haya abastecimiento suficiente. 

Herramienta tecnológica e interoperabilidad pública 

Como medida de seguimiento para que funcione lo propuesto por el Proyecto, el Ministerio estableció que desarrollará una plataforma que tendrá un componente analítico encargado de consolidar datos oficiales y generar información confiable para prever alertas tempranas, y un componente operativo que se encargará de estructurar información de novedades logísticas, fallas de fabricación, alertas de inventario, entre otras. 

Adicionalmente, el Proyecto también prevé la publicación de un portal web institucional para que la ciudadanía y los actores del sector puedan consultar la información correspondiente a los estados de abastecimiento y los listados de alternativas terapéuticas ante contingencias de escasez, el cual se irá actualizando conforme surja nueva información al respecto. 

Medidas extraordinarias y gobernanza

Frente a escenarios críticos o fallas del mercado, el Proyecto de Resolución habilitaría al Ministerio de Salud para adoptar medidas de mitigación como la realización de compras o negociaciones centralizadas de medicamentos financiados con la UPC. Así mismo, se propone crear un Comité Técnico para el Abastecimiento que evaluaría permanentemente el riesgo y solicitaría priorización de trámites regulatorios ante el Invima, la DIAN y el Fondo Nacional de Estupefacientes.

Fecha de publicación: julio 31, 2026

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