Recientemente el Congreso de la República aprobó proyecto de ley, a través del cual se establece la vigencia permanente del Decreto legislativo 806 de 2020, el cual fue expedido en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica generado por la pandemia del Covid-19, y que buscó la implementación de las tecnologías de la información y las comunicaciones en las actuaciones judiciales, con el fin de agilizar los procesos y flexibilizar la atención a los usuarios del servicio de justicia.
Teniendo en cuenta los beneficios que trajo consigo la aplicación dicho decreto tanto para los usuarios de la justicia como para los operadores judiciales, y que su vigencia era de dos (2) años, contados a partir de su publicación el 4 de junio de 2020, se hizo necesario promover una iniciativa legislativa que permitiera establecer la vigencia permanente de las normas del citado decreto, iniciativa que al surtir los debates respectivos en la Cámara de Representantes y el Senado de la República fue aprobada el 31 de mayo del año en curso, generando consigo que los tramites de los procesos judiciales puedan seguir desarrollándose de forma virtual, por lo cual queremos resaltar algunos aspectos importantes de esta norma que sean de utilidad al momento de afrontar diferentes actuaciones de carácter judicial o administrativo.
- Las notificaciones de las diferentes actuaciones judiciales y administrativas se podrán seguir realizando a través de medios electrónicos, por lo que es de suma importancia hacer una revisión constante de todos tus correos electrónicos, incluyendo el buzón de mensajes no deseados, con el fin de identificar oportunamente cualquier notificación sobre posibles acciones legales iniciadas.
- Los poderes especiales para cualquier actuación judicial pueden ser conferidos a través de correo electrónico, sin requerir presentación personal o reconocimiento.
- Las audiencias en términos generales podrán seguirse desarrollando de manera virtual, sin embargo, en el ámbito penal y especialmente las audiencias en las que se lleva a cabo la práctica de pruebas, se podrán celebrar de forma presencial por disposición oficiosa del Juez o cuando una de las partes así lo solicite.
Finalmente recordamos que, en caso de recibir un correo electrónico o mensaje de datos que avise de una acción legal, podrás comunicarte de forma inmediata con nuestras líneas a nivel nacional 01 8000 180 343, en Bogotá (601) 744 81 00 o a través de servicioalcliente@scare.org.co