El constante incremento de casos de contagio por Covid-19 en Colombia puede generar una alta demanda de talento humano en salud THS. Si a usted, su prestador de servicios de salud le comunica que va a ser reubicado en un área de atención diferente a aquella en donde venía laborando, tenga en cuenta las siguientes recomendaciones de la S.C.A.R.E. y el Fepasde:
- La reasignación del THS para suplir servicios priorizados debe ser realizada de conformidad con el perfil profesional; tenga en cuenta que, si la reasignación no responde a sus capacidades, puede manifestarlo de forma escrita, y la Secretaría Departamental o Distrital adelantará una convocatoria con MinSalud para la búsqueda de un perfil acorde a las necesidades del sector, de conformidad con los términos definidos en la Resolución 628 de 2020.
- El prestador de servicios de salud se encuentra en la obligación de brindarle formación continua en la atención de la pandemia, lo anterior, para el fortalecimiento de sus competencias en el ejercicio profesional, tanto a nivel asistencial como administrativo, dependiendo su nivel de pregrado o especialidad. En relación, el consejo es que guarde constancia en archivo de la formación complementaria obtenida.
- En caso de ser reubicado, solicite al prestador de servicios un documento por escrito que estipule sus nuevas funciones; De ser trasferido a UCI, usted debe contar con constancia de asistencia en acciones de formación continua en atención del paciente de cuidado crítico; ahora bien, en caso de ser médico general debe contar con el acompañamiento permanente de un especialista en medicina crítica y cuidado intensivo, ya sea de manera presencial o bajo la modalidad de telemedicina.
- Establezca protocolos claros para la atención de pacientes Covid, es decir, establezca el número de pacientes por profesional, delimite los equipos a usar, tenga presente las rutas de trasporte de pacientes, las áreas de transitoriedad y los turnos a realizar.
- Ahora bien, para la toma de decisiones frente a situaciones complejas recuerde que, usted no está solo y convoque al análisis de diversos expertos.
Condiciones laborales o contractuales:
- Si la reasignación de sus funciones se origina en el contexto de un contrato de prestación de servicios y se implica un cambio en el objeto del contrato, las nuevas obligaciones asignadas deben mediar por escrito ya sea a través de un anexo al contrato, o un documento análogo, el cual, usted se encuentra en libertad de aceptar o rechazar teniendo en cuenta que se trata de un acuerdo de voluntades entre las partes.
- Si la reasignación de sus funciones se origina en el contexto de un contrato laboral habrá que analizarse si la reasignación hace parte de las cláusulas generales del contrato, de ser así, la relación de subordinación existente entre usted y el empleador implica que éste último pueda impartir órdenes verbales y no necesariamente por medio de documento.
Le recordamos que las recomendaciones sugeridas con anterioridad, son pensadas en su bienestar, tenga en cuenta que, en caso de reasignación, esta, debe ser acorde a su perfil y formación básica, de no ser así infórmelo y absténgase de suplir el servicio, para propender su buen ejercicio profesional. Lo invitamos para que revise las recomendaciones completas ingresando aquí.
Si necesita asesoría u orientación en temas relacionados con su papel en medio de la pandemia, acuda a nuestro equipo de expertos, a través de nuestra línea de Asesoría Legal Oportuna Fepasde a nivel nacional: 01 8000 180 343 y en Bogotá al: 744 8100
En momentos como estos, seguimos cuidando de los que cuidan