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S.C.A.R.E. radica observaciones a Proyecto de Resolución sobre la duración y la exoneración de la prestación del servicio social obligatorio.

Desde la Sociedad Colombiana de Anestesiología y Reanimación (S.C.A.R.E.) se presentaron observaciones frente al Proyecto de Resolución “Por medio de la cual se modifica la Resolución 774 del 2022 en cuanto a la duración y la exoneración de la prestación del servicio social obligatorio”, dentro del plazo otorgado por el Ministerio de Salud y Protección Social a finales del año 2023, con la finalidad de buscar el respeto del derecho al trabajo de los profesionales recién graduados y adecuadas condiciones para su ejercicio profesional.  Dentro de las observaciones presentadas se destaca:

En primer lugar, se enfatiza la necesidad de establecer un límite temporal específico para la modificación propuesta al artículo 39 del proyecto, sobre los “Profesionales sin asignación de plaza”. Según la S.C.A.R.E., ordenar que los profesionales se inscriban indefinidamente hasta que se les asigne una plaza no solo vulnera sus derechos laborales, sino que también desincentiva la elección de la carrera médica, lo que podría tener repercusiones negativas a largo plazo en la calidad de la atención médica en el país.

En segundo lugar, la S.C.A.R.E. solicitó mantener dentro de las causales de exoneración aquella que establece que no se haya asignado una plaza, según lo previsto por la norma y lo explicado en el párrafo anterior. Esta propuesta se basa en la necesidad de garantizar la equidad y transparencia en el proceso de asignación de plazas y de fortalecer la confianza de los profesionales de la salud en el sistema.

Por último, se solicitó contemplar dentro de las causales de exoneración aquellas enfermedades que  por sus implicaciones físicas o mentales impidan la prestación del servicio, y no sólo a las enfermedades catastróficas, como aparece en el Proyecto. Lo anterior, debido a que incluir únicamente a las enfermedades catastróficas limita  y discrimina la existencia de otras enfermedades o patologías que puede padecer el talento humano, que les impide prestar el servicio, y que, por no resultar clasificadas dentro de dicho rubro, son ignoradas, desconociendo los derechos a la dignidad humana, igualdad y salud de dicho personal.

Desde la S.C.A.R.E. reconocemos que es fundamental garantizar que los profesionales de la salud, incluidos los que están en servicio social obligatorio, cuenten con un entorno laboral seguro, equitativo y propicio para su desarrollo profesional, contribuyendo así a fortalecer el sistema de salud y mejorar la calidad de atención para toda la población. Por eso, continuaremos la intervención normativa dirigida a eliminar cualquier tipo de barrera que pueda obstaculizar el ejercicio del Talento Humano en Salud.  

Te invitamos a consultar el comunicado oficial aquí.

Fecha de publicación: marzo 22, 2024

La S.C.A.R.E. cuenta con 21 oficinas a nivel nacional que a través del Fondo Especial para Auxilio Solidario de Demandas “FEPASDE”, otorga diferentes beneficios sociales cuyo propósito común es apoyar a quienes ejercen profesiones o desempeñen ocupaciones en su condición de personal de la salud, beneficios que van dirigidos a brindar respaldo y bienestar en temas gremiales, científicos, académicos, personales, profesionales y jurídicos para sus más de 57 mil afiliados

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