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¿Por qué se eliminaría la tarjeta profesional en el sector salud?

Por medio del borrador del proyecto de Decreto de transformación digital para el sistema de salud colombiano, que dio a conocer el Ministerio de Salud recientemente, se pretende modificar el método a través del cual se realiza el Registro Único de Talento Humano en Salud – ReTHUS. Entre los cambios más significativos en la actualización, encontramos la posible eliminación de la tarjeta de identificación única, que recordemos es un requisito para la efectiva inscripción y previa aplicación del ejercicio profesional de todos los profesionales del área de la salud tanto nacionales, como extranjeros.

Actualmente, la inscripción y permanente actualización del ReTHUS para el THS, refiere a un deber profesional, que le permite al Ministerio de Salud y demás entidades reguladoras del sector, tener la trazabilidad de los datos personales, académicos y sancionatorios de los prestadores de servicios del sector, incluyendo técnicos, tecnólogos, profesionales, y demás talento que ejerce alguna función en el sector salud. Sin embargo, otra de las modificaciones que trae el proyecto de Decreto, es que ahora solo se deberán registrar en el ReTHUS las ocupaciones y los profesionales contemplados y definidos en la Ley 1164 de 2007 conforme la Clasificación Internacional de Educación – CINE y la Clasificación Internacional Uniforme de Ocupaciones –CIUO.

Entre los cambios también encontramos que, se eliminará la tarjeta profesional, dado que es un documento físico susceptible a falsificaciones, alteraciones o pérdidas, en relación según el borrador de Decreto: “Los prestadores de servicios de salud, así como los demás empleadores y contratantes, deberán corroborar que la ocupación, profesión o posgrado del área de la salud que sea requerida para ejercer el perfil del cargo a proveer o acreditada por el aspirante para ejercer, se encuentre debidamente registrada en el ReTHUS”; en ese orden de ideas, la verificación de los datos, ahora se realizaría de manera ágil desde el ecosistema digital de la plataforma ReTHUS.

Otra novedad, es que, el proceso de registro ya no deberá realizarse de manera exclusiva ante el colegio profesional correspondiente, sino que, se pretende facultar a las Secretarías Departamentales de Salud, la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá (si es el caso) y las autoridades territoriales de salud, para el caso de las ocupaciones.

Si el Decreto confiere el aval y entra en vigencia, el Ministerio de salud estará a cargo de realizar el registro único del ReTHUS de los profesionales que hayan obtenido la previa autorización para el ejercicio de su ocupación, antes de la fecha de inicio de operación de esta plataforma; adicional, la autoridad sanitaria nacional será el ente a cargo de la autorización y registro en el ReTHUS de la especialidad de “anestesiología” o “anestesiología y reanimación” de los profesionales que cumplan con los requisitos.

Así las cosas, la información requeridos para la inscripción del ReTHUS, conforme la nueva norma sería:

  • Nombre completo, documento de identificación
  • Educación superior (título de técnico, tecnólogo, profesional, especialización, máster, doctorado)- según el caso
  • Educación para el trabajo y desarrollo humano (certificado de aptitud profesional)
  • Fecha de grado de la formación
  • En caso de título extranjero: convalidación del título por parte del Ministerio de Educación Nacional

Para consultar el borrador completo del Decreto, de modificaciones al modelo de registro ReTHUS lo invitamos para que haga clic aquí. Tenga en cuenta que, una vez entre en vigencia le estaremos informando.

Fecha de publicación: noviembre 29, 2021

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