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MinTrabajo afirma que el SGSS debe reconocer incapacidad cuando haya aislamiento por Covid19

Así lo dio a conocer Carlos Luis Ayala, coordinador del Grupo de Medicina Laboral del Ministerio de Trabajo, a través de una comunicación oficial donde afirma que una vez expedido el certificado de incapacidad médica, sus pagos y los de las respectivas prórrogas deben ser asumidos por distintos agentes del Sistema General de Seguridad Social, dependiendo de la prolongación de la situación de salud del trabajador.

Además el manifiesto también concluye que en concordancia con la normatividad vigente del Sistema General de Riesgos Laborales, para el reconocimiento de las prestaciones económicas es necesario que se le haya definido al trabajador una incapacidad temporal por el médico tratante. En tal sentido, frente a los casos sospechosos de Covid19, será autonomía del médico tratante la emisión de la respectiva incapacidad que deberá cubrir el tiempo mínimo de aislamiento preventivo

Entre tanto, para el caso de los pacientes sintomáticos respiratorios sospechosos o asintomáticos con historia de exposición, que sean descartados para Covid19 por laboratorio o por clínica al finalizar el periodo de aislamiento y observación, o incluso en pacientes hospitalizados, se debe registrar el diagnóstico diferencial que el médico indique el término de observación y evaluación médica por sospecha de enfermedad.

El ministerio también afirma que en los centros de trabajo en los cuales se realice contacto con un trabajador que cuente con sistemas como fiebre, tos, dolor de garganta o pérdida del olfato, entre otros o se sospeche posibilidad de infección por cuenta del nuevo coronavirus, se deberá aislar y asegurar el traslado a EPS para valoración médica.

Este pronunciamiento cobra especial relevancia dado que los gremios médicos, entre ellos la Sociedad Colombiana de Anestesiología y Reanimación, han puesto en evidencia que en Colombia si un médico o cualquier ocupación de la salud es aislado por sospecha de Covid19, percibirá el valor de la incapacidad solo a partir del diagnóstico que lo confirme como positivo para esta enfermedad y si cuenta con contrato de planta con la institución. No obstante, según datos del Colegio Médico Colombiano el 54% de los médicos generales y el 56% de los especialistas laboran bajo modalidad de orden de prestación de servicios, lo cual significa que si alguno de estos profesionales resulta ser aislado por sospecha de contagio y su prueba termina siendo negativa, ninguna entidad se hará cargo de pagarle los días que estuvo aislado, ya que no representan días de incapacidad asociados a una enfermedad laboral y tampoco pueden ser percibidos como días laborados, en consecuencia este tiempo no es asumido o reconocido por la institución.

Fecha de publicación: julio 10, 2020

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