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Listo el Plan Nacional de Vacunación contra Covid19. ¿En qué fase vacunarán al talento humano en salud?

El pasado 29 de enero a través del Decreto 109 de 2021 el Ministerio de Salud adoptó el Plan Nacional de Vacunación contra el Covid19, en el cual estableció la población objeto, los criterios de priorización, las fases y la ruta para la aplicación de la vacuna. Aquí le contamos las disposiciones que trae el documento en cuanto a la vacunación del talento humano en salud, al cual en su periodo de observaciones S.C.A.R.E. hizo algunas recomendaciones ante MinSalud.

Según el decreto el plan se divide en 2 fases y 5 etapas de la siguiente manera. La primera fase, que está integrada por las tres (3) primeras etapas y comenzará por vacunar de manera progresiva a las personas de 80 años de edad y más, pero además al personal cuya actividad principal está involucrada con la atención de pacientes que tienen diagnóstico confirmado de Covid19 y en consecuencia, se encuentran en una exposición permanente, intensa y directa al virus;

Por consiguiente, el decreto dispone que en esta primera fase se vacunará a:

  1. Talento humano en salud; profesionales de la salud en servicio social obligatorio; médicos residentes y sus docentes en el marco de los convenios docencia-servicios y médicos internos, de los prestadores de servicios de salud de mediana y alta complejidad y de los establecimientos de sanidad de las Fuerzas Militares de Colombia y de la Policía Nacional de Colombia, que realizan su trabajo en los servicios de:

  • Cuidado intensivo e intermedio adulto, pediátrico y neonatal en donde se atienda COVID-19.
  • Urgencias en donde se atienda COVID-19.
  • Hospitalización en modalidad intramural y extramural en donde se atienda COVID-19.
  • Laboratorio clínico, laboratorio de salud pública, laboratorio del Instituto Nacional de Salud y de universidades, únicamente el personal que toma (intramural y extramural), manipula y procesa muestras de COVID-19.
  • Radiología e imágenes diagnósticas.
  • Terapia respiratoria que atienda pacientes con COVID-19.
  • Transporte asistencial de pacientes.
  • Talento humano en salud que tienen un contacto directo de atención en salud especializada a pacientes sintomáticos respiratorios intra y extramural, siempre que dicha atención implique un contacto estrecho y prolongado con la vía aérea expuesta del paciente.
  • Talento humano en salud del servicio de vacunación contra el COVID-19.
  • Talento humano que realice autopsias o necropsias, incluido el personal del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
  • Técnicos y epidemiólogos de las entidades territoriales y del Instituto Nacional de Salud, que realicen rastreo en campo, búsqueda activa de casos de COVID-19 en campo, investigación epidemiológica de campo y toma de muestras que involucren contacto con casos sospechosos y confirmados de COVID-19.
  • Talento humano en salud que por su perfil profesional tenga un contacto intenso mucho más frecuente y en condiciones de urgencia con la vía aérea expuesta de los pacientes, dada la realización de procesos que liberan aerosoles como la intubación endotraqueal o la traqueotomía.

Por su parte, en la etapa 2 se contempla vacunar al siguiente personal en salud:

  • Talento humano en salud de los servicios de salud que se presten intramuralmente en los establecimientos carcelarios y penitenciarios que les aplique el modelo de atención en salud definido en la Ley 1709 de 2014.
  • Todo el talento humano; profesionales de la salud en servicio social obligatorio; médicos residentes y sus docentes en el marco de los convenios docencia – servicios y médicos internos de todos los prestadores de servicios de salud de cualquier nivel de complejidad que desarrollen sus actividades en cualquiera de los servicios brindados por los prestadores de servicios de salud y que no se encuentren clasificados en la etapa 1.
  • Talento humano en salud de las entidades que presten servicios de salud pertenecientes a los regímenes especiales y de excepción.
  • Los médicos tradicionales, sabedores ancestrales y promotores comunitarios en salud propia.
  • Los estudiantes de pregrado de programas técnicos, tecnológicos y universitarios, de ciencias de la salud que en el momento de la vacunación se encuentren en práctica clínica en un prestador de servicios de salud.

El documento además explica las otras etapas de vacunación y la ruta para la aplicación de la vacuna. Si desea conocer el decreto completo haga clic aquí.

Le puede interesar también S.C.A.R.E. presentó observaciones a MinSalud sobre proyecto de decreto del plan nacional de vacunación contra el Covid-19 en pro del THS.

Fecha de publicación: febrero 3, 2021

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