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Diez cosas que usted debe saber para realizar su rural

El servicio social obligatorio como su nombre lo indica, es un compromiso social con la población rural colombiana que necesita de atención y paciencia y el cual debe ser realizado por los egresados de los programas de educación superior en el área de la salud. A continuación, conozca las diez cosas que usted debe saber para tener un servicio social con éxito y no morir en el intento, ni correr el riesgo de ser demandado o sancionado por la ley.

  1. ¿Dónde podrá realizarlo? Recuerde que el servicio social obligatorio (SSO) puede prestarse tanto en entidades públicas como en privadas y el tipo de vinculación obedece precisamente a la naturaleza de la entidad. Tenga presente que la ley exige la vinculación legal y reglamentaria en las empresas sociales del Estado (ESE- hospitales del país), a través de resolución de nombramiento y acta de posesión. En cambio, en las instituciones privadas, se utiliza el contrato de trabajo. Recuerde que no podrá ser contratado por prestación de servicios, porque dicha modalidad no garantiza los derechos laborales y prestacionales del profesional de la salud.
  2. Es posible que usted pueda recibir sanciones en su servicio rural. Una vez sea asignado en una plaza de servicio social, si no se presenta, será sancionado, lo que incluye la imposibilidad de participar en los siguientes dos sorteos en el otorgamiento de cupos, además de no poder ser vinculado por asignación directa a ninguna vacante de dicho sorteo.
  3. Si lo llaman a presentar descargos, tendrá que hacerlo. La IPS privada o la empresa social del Estado donde labore pueden llamarlo a descargos o versión libre cuando existan hechos que así lo justifiquen. Los descargos corresponden a la versión de los hechos presentada por la persona que “cometió una falta” en el marco de un proceso disciplinario, en este caso, en el ejercicio de sus funciones como médico rural, en la medida que se toma por incumplimiento de las obligaciones del contrato, del reglamento interno de trabajo o de la ley y las situaciones que lo pueden originar. El hecho de ser llamado a descargos no significa automáticamente una sanción. En todo tipo de procesos se tiene derecho a la defensa y al debido proceso, en este sentido se tendrá la posibilidad de controvertir los hechos que se imputen y aportar pruebas para probar lo contrario a lo imputado, por lo que el resultado puede ser que no se imponga ningún tipo de sanción.

Dentro de las situaciones que podrían generar descargos estarían: no cumplir con el horario de trabajo, dar mal uso a los insumos necesarios para prestar el servicio, desobedecer las órdenes del superior, tratar mal a los pacientes, etc.

Tenga en cuenta en este tipo de diligencias, debe garantizarse su derecho de defensa, otorgándosele la posibilidad de indicar qué fue lo que sucedió, así como de controvertir los cargos que se le realicen en la citación.  Recuerde que lo deben citar con suficiente antelación, de manera que pueda preparar su defensa y además que pueda ir con un abogado y testigos que garanticen la imparcialidad en su caso.

  1. Si usted está realizando su servicio social con el Estado, no puede dejarlo repentinamente o tendrá consecuencias. El empleado público debe quedarse por un período de 30 días calendario una vez presente la renuncia a la plaza, a menos que el gerente de la ESE le entregue por escrito la aceptación de la renuncia en un periodo menor al mencionado. Si no cumple con este periodo puede ser objeto de investigación por abandono del cargo.
  1. Recuerde que usted debe tener disponibilidad de tiempo completo cuando esté prestando el servicio social obligatorio. Teniendo en cuenta la finalidad del SSO es garantizar el servicio de salud a las poblaciones más alejadas y vulnerables, por lo que el horario laboral de los profesionales de la salud que presten este servicio debe ser mirado en función de su finalidad. Por lo anterior, las entidades pueden requerir a los profesionales del SSO por fuera de su programación de turnos habitual y dichos requerimientos deberán cumplirse.

Normativamente el Ministerio de trabajo por medio de la Resolución 795 de 1995 en el artículo 6, establece que es deber del profesional de la salud que presta el Servicio Social Obligatorio permanecer disponible para cualquier emergencia que se presente, sin que se le desconozcan sus derechos laborales y legales por parte de la entidad donde está prestando este servicio.

  “Es deber del profesional de la salud que presta el Servicio Social Obligatorio permanecer disponible para cualquier emergencia que se presente, sin que se le desconozcan sus derechos laborales y legales por parte de la entidad donde está prestando este servicio. PARAGRAFO. Para efectos de este artículo, se entiende por disponibilidad permanente del profesional de la salud que esté prestando el Servicio Social Obligatorio, el deber legal de permanecer disponible en la localidad sede de la plaza para cualquier emergencia en salud”.

La disponibilidad no puede afectar en ningún momento su día de descanso obligatorio que tiene a la semana.

  1. Tenga cuidado en cómo diligencia el consentimiento informado: Es necesario obtener un consentimiento informado completo y previo a las intervenciones en salud que así lo requieran y dejar constancia del mismo en la historia clínica debidamente firmado por el paciente en señal de aceptación de los procedimientos, intervenciones quirúrgicas o tratamientos a realizar, así como de la asunción de las posibles consecuencias (riesgos) y efectos adversos que se pueden derivar de los actos médicos. De no llegarse bien podrá tener consecuencias como:
  • Puede acarrear un reproche ético al no cumplir con uno de los presupuestos esenciales de la relación médico-paciente, que consiste en tener la aceptación del paciente sobre el hecho de someterse a procedimientos, tratamientos o intervenciones médicas al vulnerar la autonomía personal del paciente.
  • Si al paciente se le concreta un riesgo de los que le debió informar el médico y como el paciente lo desconocía, no lo aceptó, el profesional puede ser llamado a responder patrimonialmente por los prejuicios que se le ocasionen al paciente al realizarse ese riesgo que no consintió. Esto se hace mediante un proceso de responsabilidad ya sea civil o contencioso administrativo.
  • Puede dar lugar a sanciones administrativas por el mal diligenciamiento de la historia clínica, porque el consentimiento informado hace parte de la historia.
  • No tendrá ante un eventual proceso judicial la prueba de haber obtenido la voluntad del paciente, lo que hará más difícil su defensa.
  1. No firme documentos sin antes leerlos o asesorarse con un abogado para verificar la legalidad y conveniencia de su contenido.
  2. La historia clínica del paciente puede ser su mejor aliado. Diligenciar bien la historia clínica puede demostrar el cumplimiento de la LEX ARTIS (buenas prácticas médicas con los pacientes). Por eso recuerde diligenciarla en forma clara, legible, sin tachones, sin enmendaduras, sin dejar espacios en blanco, sin utilizar siglas y recuerde que cada anotación debe llevar la fecha y hora en que la realiza con la identificación completa del autor de la misma. En un proceso de responsabilidad profesional la historia clínica es un elemento de prueba fundamental.
  1. ¿Qué en relación a las horas extras si su servicio en con el Estado? El personal médico, si pertenece al nivel profesional NO tiene derecho al reconocimiento de horas extras, como tampoco al pago del trabajo en dominicales y festivos laborados de manera ocasional; pero sí tendrá derecho al pago de dominicales y festivos laborados de manera habitual o permanente, si se le presenta esta situación, comuníquese con un abogado para que le brinde asesoría jurídica.
  2. Usted podrá ser exonerado al servicio social obligatorio. La ley colombiana le permite a un médico no prestar el SSO si cumple con algunas de las siguientes características:
  • • Haber prestado el SSO en el exterior.
  • • Haber cumplido el SSO en otra profesión de la salud.
  • • Haber prestado el servicio militar.
  • • Por caso fortuito o fuerza mayor debidamente justificada.
  • •Cuando el profesional se haya presentado al concurso y no sea seleccionado para ocupar una plaza.

Finalmente, recuerde que en el ejercicio profesional médico siempre existen riesgos, por lo tanto, tenga en cuenta las anteriores recomendaciones y no olvide que cuenta con el Fondo Especial para Auxilio Solidario de Demandas, Fepasde, el cual estará atento para asesorarlo y guiarlo en cada paso de su vida profesional.

Fecha de publicación: mayo 21, 2019

La S.C.A.R.E. cuenta con 21 oficinas a nivel nacional que a través del Fondo Especial para Auxilio Solidario de Demandas “FEPASDE”, otorga diferentes beneficios sociales cuyo propósito común es apoyar a quienes ejercen profesiones o desempeñen ocupaciones en su condición de personal de la salud, beneficios que van dirigidos a brindar respaldo y bienestar en temas gremiales, científicos, académicos, personales, profesionales y jurídicos para sus más de 57 mil afiliados

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