El Ministerio de Salud y Protección Social recientemente publicó un proyecto de resolución mediante el cual se incorpora el Resumen Digital de Atención (RDA) para la dispensación de medicamentos y tecnologías en salud y se regulan los procesos de direccionamiento, programación y entrega asociados a su suministro. Aquí te contamos.
Este proyecto propone incorporar el Resumen Digital de Atención (RDA) como mecanismo interoperable para la gestión de la información relacionada con la prescripción, direccionamiento, programación y dispensación de medicamentos y tecnologías en salud, con el propósito de fortalecer la trazabilidad de estos procesos.
Objeto y alcance del Proyecto de Decreto
El Proyecto desarrolla la interoperabilidad de la historia clínica electrónica con el Resumen Digital de Atención (RDA) para cumplir con las órdenes de la Corte Constitucional en la tutela T-760 de 2008, particularmente la orden decimosexta, que dictaba que el gobierno nacional debe garantizar el acceso oportuno y suficiente a medicamentos y a servicios de salud para la población.
Anteriormente el Ministerio, para acatar esta orden, había expedido la circular 044 de 2025 en la cual regulaban el procedimiento de prescripción de medicamentos y tecnologías en salud a través de la plataforma MIPRES. El Proyecto de Resolución se expide en un contexto en el que el Ministerio también adelanta un proyecto de circular mediante el cual propone derogar la Circular Externa 044 de 2025 y trasladar al Resumen Digital de Atención (RDA) los procesos de trazabilidad que inicialmente se habían previsto realizar a través de MIPRES.
El Proyecto en cuestión desarrolla en su anexo técnico el funcionamiento del RDA de dispensación de medicamentos y tecnologías en salud, el cual divide el ciclo de dispensación de medicamentos en 4 etapas:
- Prescripción: identificación de la orden médica a través del mecanismo de interoperabilidad de la historia clínica electrónica.
- Direccionamiento: asignación por parte de la EPS del proveedor responsable del suministro.
- Programación: definición de las condiciones operativas para la entrega del medicamento o tecnología prescrita.
- Dispensación: registro del suministro efectivo, parcial o no efectuado, hasta la entrega final al usuario.
Para implementar correctamente todas las disposiciones establecidas en el anexo técnico, el Ministerio propone un plazo de 1 mes en el cual los prestadores de servicios de salud deberán de adecuar su infraestructura digital.
La implementación de este modelo supone ajustes tecnológicos y operativos relevantes para los diferentes actores del sistema de salud. En ese sentido, resulta necesario contar con reglas claras de transición, lineamientos técnicos oportunos y plazos razonables de implementación que permitan garantizar la continuidad de los procesos asociados a la prescripción, direccionamiento, programación y dispensación de medicamentos y tecnologías en salud.
Gestión de Fepasde
Desde Fepasde realizamos el análisis técnico y jurídico del Proyecto de Resolución, identificando la necesidad de fortalecer las disposiciones relacionadas con la transición entre modelos de trazabilidad y la implementación progresiva del RDA. En consecuencia, se presentaron observaciones orientadas a:
- Establecer reglas más claras para la transición entre los mecanismos actualmente utilizados y el nuevo modelo basado en el RDA.
- Incorporar disposiciones expresas sobre la implementación progresiva del modelo y la actualización de los lineamientos técnicos correspondientes.
- Ampliar el plazo de adecuación tecnológica previsto en el proyecto, considerando la magnitud de los ajustes operativos e informáticos requeridos para garantizar una interoperabilidad efectiva.
- Reducir los riesgos operativos y las posibles afectaciones a la continuidad de los procesos de prescripción, direccionamiento, programación, dispensación y entrega de medicamentos y tecnologías en salud.
Desde Fepasde continuaremos realizando seguimiento a este Proyecto de Resolución y a la normativa que impacte a los prestadores de servicios en salud y al funcionamiento del sistema de salud colombiano.



