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¿Qué sanciones podrías tener por el incumplimiento en la gestión integral de residuos en la atención en salud?

Por: Ivan Giraldo Rivillas. Abogado S.C.A.R.E. – Fepasde

Con la entrada en vigencia de la Resolución 591 de 2024 expedida el pasado 4 de abril, y a través de la cual se adopta el Manual para la Gestión Integral de Residuos generados en la atención en salud, se definieron algunas disposiciones importantes en la materia. Aquí te contamos qué dice la norma y qué sanciones podría acarrear su incumplimiento.

Dicha resolución expresa que el manual aplica para las personas naturales y jurídicas, públicas o privadas (prestadores del servicio) que generen, identifiquen, separen, empaquen, recolecten, transporten, almacenen, aprovechen, traten o dispongan finalmente los residuos generados en desarrollo de las actividades que se encuentran contenidas en el Decreto 780 de 2016 Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social, entre las cuales se enfatizan:

  • Los servicios de atención en salud, como actividades de la práctica médica, práctica odontológica, apoyo diagnóstico, apoyo terapéutico y otras actividades relacionadas con la salud humana, incluidas las farmacias y farmacias-droguerías.
  • Bancos de sangre, tejidos y semen.
  • Centros de docencia e investigación con organismos vivos o con cadáveres.
  • Bioterios y laboratorios de biotecnología.
  • Los servicios de tanatopraxia, morgues, necropsias, y exhumaciones.
  • El servicio de lavado de ropa hospitalaria o de esterilización de material quirúrgico, entre otras actividades.

Para la aplicación de esta nueva resolución, las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas que a la fecha se encuentren en funcionamiento de las actividades anteriormente descritas, tendrán un término de dieciocho (18) meses, contados a partir de su publicación, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el manual adoptado. Recuerda que mientras realizas los ajustes correspondientes a dicha resolución y al manual adoptado, deberás seguir acatando lo dispuesto en la Resolución 1164 de 2002.

Es importante, atender y cumplir la resolución expuesta a fin de evitar el inicio de procesos administrativos de carácter sancionatorio por parte de las autoridades competentes, de los cuales, en consecuencia, se podrán imponer las sanciones a las que haya lugar, tales como:

  • Amonestación.
  • Multas sucesivas hasta por una suma equivalente a 10.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
  • Decomiso de productos.
  • Suspensión o cancelación del registro o de la licencia.
  • Cierre temporal o definitivo del establecimiento, edificación o servicio respectivo.

Te invitamos a consultar la Resolución 591 del (4) de abril de (2024) y el Manual adoptado para la gestión integral de residuos generados en la atención en salud y otras actividades ingresando al siguiente enlace.






Fecha de publicación: mayo 2, 2024

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