Recientemente el Ministerio de Salud en el boletín de prensa No. 61 de 2023, indicó que este fenómeno no es ajeno a nuestro medio y que se acentuó durante la pandemia, lo que originó que la cartera de salud y el Invima realizarán esfuerzos conjuntos para superar la problemática, indicando también que se articularon mesas de trabajo con los gremios del sector, la industria, entidades de salud, asociaciones de usuarios, etc., donde se establecieron compromisos de acuerdo a las funciones de cada participante, incluyendo la actividad de reporte de datos al Ministerio sobre la disponibilidad de medicamentos, con la finalidad de crear un sistema de monitoreo que genere alertas tempranas y permita tomar medidas para prevenir el desabastecimiento.
De igual manera, se han identificado como causas de escasez de medicamentos[1]: el aumento de la demanda, problemas de manufactura, problemas en la adquisición de materia prima, incumplimiento de requisitos de importación, restricciones de las marcas o fabricantes para contratar en las empresas del sector salud, no entrega oportuna de los pedidos, problemas para adquirir las materias primas de los medicamentos, no producción del medicamento por baja rentabilidad, entre otras. En este sentido y teniendo en cuenta que muchas son propias del comercio, se requiere cooperación entre las entidades del sector público, facilitando operaciones comerciales para su adquisición e información del gremio farmacéutico sobre la disponibilidad de medicamentos.
Si tienes conocimiento de una situación de desabastecimiento puedes ingresar a la página del Invima y realizar el reporte de alerta de desabastecimiento en la sección Desabastecimiento de medicamentos en los casos en los cuales no se entregue el medicamento por parte de la administradora de planes de beneficios aduciendo esta causa; ten en cuenta que los medicamentos que se pueden reportar serán todos aquellos que tengan registro sanitario y hayan sido comercializados en el país (medicamentos para uso terapéutico o diagnóstico y medicamentos de síntesis, biológicos, radiofármacos, gases medicinales), indicando los datos del medicamento (concentración y forma farmacéutica) y adjuntando copia de los documentos mediante los cuales los titulares de registro manifestaron la no disponibilidad del medicamento de forma temporal o definitiva[2], información que también se puede consultar en otra sección de la página del Invima, en acatamiento a lo indicado en el Decreto 344 de 2022 que establece este deber de información como una medida para prevenir y mitigar el riesgo de desabastecimiento.
Ante este panorama, se evidencian ciertos avances en materia de gestión del riesgo de desabastecimiento de medicamentos, sin embargo se hace necesaria la participación y colaboración de los actores del sistema de salud y de los órganos de control, que como la Procuraduría[3]han puesto en evidencia que no se han adoptado las medidas necesarias para resolver el problema y que tenemos deficiencia en los registros que son los que permiten generar alertas tempranas que permitan evitar problemas de salud pública.
[1] https://www.invima.gov.co/desabastecimientos, consultada el 15 de marzo de 2023.
[2] Decreto 843 de 2016
[3] Boletín 297 de 2023 de la Procuraduria General de la Nación.