fbpx

Lo que usted debe saber del pago de su prima de servicios

Muchos colombianos viven en incertidumbre porque no saben si son merecedores de recibir pago de la prima de servicios, algunos no tienen claro qué es, quiénes tiene derecho o cómo se liquida. Conozca cuándo se genera el pago de esta prestación social de obligatorio pago para empleados públicos y privados.

Para iniciar, si usted es contratista o tiene un contrato por orden de prestación de servicios no es beneficiario del reconocimiento de prima de servicios, pues esta solo se genera cuando hay un contrato laboral (sin importar su modalidad y duración) o si existe una vinculación legal y reglamentaria (con una empresa que pertenezca al Estado).

En este orden de ideas, si usted tiene un contrato laboral con un empleador privado, tenga en cuenta que la prima de servicios se paga proporcional al tiempo laborado, liquidándose con la asignación básica salarial, la cual se paga dos veces en el año, con unos plazos legalmente establecidos, que son el 30 de junio y el 20 de diciembre de cada año. En caso que exista mora o no pago de la misma, debe alegarla y demostrar la mala fe de su empleador.

Por otro lado, si usted pertenece a la categoría de empleado público, es decir cuenta con una vinculación legal y reglamentaria con el Estado, también tiene derecho al pago de la prima de servicios, pero a diferencia que el sector privado, aquí usted debe contar con mínimo 6 meses de antigüedad en la institución, para que se genere el pago en las fechas anteriormente señaladas. Adicional, en este caso se suman los factores de salario para su liquidación como auxilio de transporte y subsidio de alimentación. La mora aquí tampoco es automática.

Fecha de publicación: enero 15, 2019

La S.C.A.R.E. cuenta con 21 oficinas a nivel nacional que a través del Fondo Especial para Auxilio Solidario de Demandas “FEPASDE”, otorga diferentes beneficios sociales cuyo propósito común es apoyar a quienes ejercen profesiones o desempeñen ocupaciones en su condición de personal de la salud, beneficios que van dirigidos a brindar respaldo y bienestar en temas gremiales, científicos, académicos, personales, profesionales y jurídicos para sus más de 57 mil afiliados

Noticias Recientes

Conéctese con Fepasde

Ahora sus pagos de FEPASDE y FEPASDE PRÉSTAMOS los encuentra en un solo clic

Ingrese a

En donde podrá encontrar en una misma consulta todos los productos y elegir cual quiere pagar

Si presenta algún inconveniente con su pago en línea, ingrese a

Usted Podrá

  • Realizar consultas de nivel general
  • Solicitar certificados de cobertura y finalización
  • Información de su plan de aportes
  • Peticiones, quejas, reclamaciones y sugerencias
  • Información de préstamos
  • Actualización de datos
  • Solicitud de nuevas afiliaciones
  • Recuerde que a través de esta línea puede acceder a las asesorías jurídicas que funcionan las 24 horas de los 7 días de la semana.

Armenia  (606) 735 8159
Bogotá   (601) 744 8100
Bucaramanga (607) 697 3093
Barranquilla (605) 386 1950
Cali  (602) 489 7234
Cúcuta   (607) 595 6341
Cartagena (605) 693 9844
Ibagué (608) 277 0843
Manizales  (606) 892 8072
Medellín   (604) 6052298
Montería (604) 789 0650
Neiva (608) 8631026
Pereira  (606) 340 0135
Popayán (602) 835 3770
Pasto (602) 738 2025
Riohacha (605) 727 4999 – (605) 727 3300
Sincelejo (605) 276 5344
Santa Marta  (605) 436 8361
Tunja (608) 7471763
Valledupar (605) 5712195 – (605) 5893964
Villavicencio (608) 6833520