El pasado 27 de enero el Ministerio de Salud expidió el Proyecto de Resolución“Por la cual se establecen disposiciones para la interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica –IHCE”, cuyoobjetivo es regular las condiciones de interoperabilidad, los lineamientos y el conjunto de elementos de datos clínicos relevantes para el correcto intercambio de información entre entidades e instituciones del sector, dando cuenta del estado y las condiciones de salud de un paciente por medio de la historia clínica digital.
Gracias a esta regulación, se garantizará que los prestadores de servicios de salud, públicos, privados y demás personas naturales o jurídicas que se relacionen con la atención en salud, compartan los datos clínicos, para dar continuidad a la atención en salud de los pacientes, y de tal manera facilitar, agilizar y garantizar el acceso y el ejercicio del derecho fundamental a la salud y a la información.
Así mismo, el proyecto de Resolución establece que cada usuario del sistema de salud es titular de los datos clínicos relevantes para la interoperabilidad de la historia clínica, a los cuales tendrán acceso, además del titular, las personas debidamente autorizadas por este y los demás previstos en las normas correspondientes.
Así las cosas, una de las observaciones emitidas por la S.C.A.R.E. y el Fepasde a MinSalud es ampliar la accesibilidad de la historia clínica electrónica al talento humano en salud (THS), sin que medie la autorización del paciente, para aquellos eventos en que dichas atenciones sean discutidas al interior de procesos judiciales o reclamaciones extrajudiciales en su contra. Esto teniendo en cuenta que en dichos casos la historia clínica es una herramienta fundamental para la legítima defensa; para lo anterior será necesario que el THS acredite o evidencie la existencia de dichas reclamaciones o procesos por cualquier medio.
Lo invitamos para que consulte el documento completo enviado a MinSalud aquí.