Impacto de la Reforma Laboral en el Servicio Social Obligatorio

reforma laboral

En Fepasde, trabajamos con el firme propósito de respaldar al talento humano en salud en cada etapa de su ejercicio profesional. Parte de ese compromiso es ofrecerles información clara y de alto impacto, que les permita conocer las normas que transforman sus condiciones laborales y profesionales.

En esta ocasión, ponemos a tu disposición recomendaciones sobre la aplicabilidad de la Ley 2466 de 2025 (Reforma Laboral), con especial énfasis en cómo afecta a quienes deben cumplir con el Servicio Social Obligatorio (SSO).

Si actualmente estás prestando tu SSO o vas a iniciarlo, es importante aclarar que, si la modalidad de vinculación es mediante contrato laboral, la Reforma Laboral expedida te resulta plenamente aplicable y debes conocer sus efectos en las condiciones de trabajo. Conoce las principales novedades que trae la Ley 2466 de 2025.

Cambios clave de la Reforma Laboral 2025

Solicita copia de tu contrato

Recuerda solicitar siempre copia firmada de tu contrato laboral. En caso de no contar con ella, puedes pedir asesoría a través de nuestra línea ALO Fepasde, donde recibirás orientación jurídica para proteger tus derechos.

Entérate a quién aplica la reforma

La Ley 2466 de 2025 aplica únicamente a contratos laborales (indefinido, fijo, por obra o labor). Los contratos de prestación de servicios no están cobijados, salvo que en la práctica se presenten los elementos de una relación laboral.

Jornada laboral y horas extra

Desde el 15 de julio de 2025, la jornada laboral máxima será de 44 horas semanales. El sector salud fue expresamente excluido de los límites para el trabajo suplementario y horas extras, lo que significa que podrían laborarse sin un tope específico. No obstante, ello no autoriza a desconocer tu derecho al descanso ni a afectar tu salud; las instituciones deben garantizar turnos adecuados.

Recargos nocturnos, dominicales y festivos

A partir del 1 de enero de 2026, se modifica la definición de jornada:

  • Trabajo diurno: entre las 6:00 a. m. y las 7:00 p. m.
  • Trabajo nocturno: entre las 7:00 p. m. y las 6:00 a. m., generando recargo del 35%.

Además, el trabajo en dominicales, festivos o días de descanso obligatorio tendrá recargos crecientes:

  • Desde julio de 2025: 80%.
  • En 2026: 90%.
  • En 2027: 100%.

Debido proceso disciplinario

Ahora es más garantista. Ante una investigación disciplinaria laboral, tienes derecho a ser notificado por escrito, conocer y controvertir pruebas, presentar descargos en un término no menor de cinco (5) días, recibir decisión motivada y poder impugnarla.

Permisos remunerados obligatorios

La reforma reconoce como de obligatoria concesión los siguientes:

  • Citas médicas de urgencia o con especialistas (con la debida certificación).
  • Grave calamidad doméstica, entendida como cualquier suceso personal o familiar (hasta tercer grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil), caso fortuito o fuerza mayor cuya gravedad afecte el normal desarrollo de las actividades del trabajador. Esta licencia se concede durante el tiempo estrictamente necesario para superar la situación.
  • Asistencia a actividades escolares de los hijos cuando sea obligatoria la presencia del trabajador.

Consideraciones específicas para el SSO

  • Seguridad social: Desde el inicio de tu vinculación, la institución debe afiliarte a salud, pensión y riesgos laborales.
  • Inducción: Es obligatoria, gratuita y documentada antes de iniciar actividades.
  • Derechos básicos: Remuneración oportuna, ambiente de trabajo seguro, elementos de protección personal y respeto de la jornada y descansos.
  • Supervisión estatal: El Ministerio de Salud y las secretarías de salud deben vigilar el cumplimiento de estas garantías.

Es importante que sepas que esta Reforma te impacta directamente y que el conocimiento de tus derechos es fundamental para el ejercicio de un SSO digno y seguro. Si tienes inquietudes o requieres orientación, pueden acudir a Fepasde y solicitar asesoría a través de nuestra línea ALO (601) 7448100

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Fecha de publicación: septiembre 3, 2025

La S.C.A.R.E. cuenta con 21 oficinas a nivel nacional que a través del Fondo Especial para Auxilio Solidario de Demandas “FEPASDE”, otorga diferentes beneficios sociales cuyo propósito común es apoyar a quienes ejercen profesiones o desempeñen ocupaciones en su condición de personal de la salud, beneficios que van dirigidos a brindar respaldo y bienestar en temas gremiales, científicos, académicos, personales, profesionales y jurídicos para sus más de 57 mil afiliados

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