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Esto es lo que debes saber sobre el pago de tus cesantías

Las cesantías se han consolidado como uno de los ahorros fundamentales que realizan los colombianos, ya que constituyen una reserva obligatoria de la cual solo pueden disponer al finalizar la relación laboral o de manera parcial durante su vigencia, sujeto a condiciones expresamente establecidas por la ley. Es importante destacar que este beneficio está reservado para aquellos que trabajan bajo contrato laboral o vinculación legal y reglamentaria en el sector público. Pero, ¿sabes cuánto recibirás por tus cesantías? Aquí te explicamos cómo hacer el cálculo.

Para determinarlo, debemos tener en cuenta dos aspectos clave: en primer lugar, los días laborados en el año 2023; en segundo lugar, el salario devengado durante ese período. Si trabajas desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2023, el pago será equivalente a un salario completo. En caso de haber trabajado parcialmente, debes multiplicar el número de días laborados por el valor del salario y dividirlo entre 360 ​​para obtener el monto correspondiente a las cesantías.

Es fundamental recordar que este dinero no se paga directamente, sino que se consigna en el fondo de cesantías respectivo, y el plazo máximo para que las empresas realicen dicho depósito es el 14 de febrero de 2024, correspondiente al trabajo realizado en el año anterior. Puedes verificar en tu fondo de cesantías si tu empleador ha realizado el pago; en caso contrario, puede presentar una solicitud o, en su defecto, una reclamación ante el juez, disponiendo de un plazo máximo de 3 años.

Por otra parte, también existe la posibilidad de recibir estos pagos de manera directa y no a través del fondo de cesantías. Esto es factible cuando se tiene un contrato laboral a término fijo y, al finalizar dicho contrato, el empleador realiza el pago correspondiente en la liquidación de prestaciones sociales. Además, es relevante señalar que al demostrar cómo utilizarás este dinero para la compra, adquisición, mejora de vivienda, levantamiento de hipotecas de un inmueble destinado a ese fin (vivienda) o también para la educación propia o de tus dependientes, puedes recibir un desembolso. por parte del fondo de cesantías, como se explicó anteriormente.

Ten en cuenta que en el Fepasde estamos para orientarte, si requieres asesoría sobre este u otros temas laborales te invitamos a que te comuniques a través de servicioalcliente@scare.org.co o a nuestra línea 601 (7448100).

Fecha de publicación: febrero 1, 2024

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