El miércoles 10 de junio se llevó a cabo un conversatorio vía Facebook Live entre presidentes de la Asociación Nacional de Residentes ANIR, el Ministerio de Salud y Protección Social y la Sociedad Colombiana de Anestesiología y Reanimación S.C.A.R.E., un espacio cuyo propósito de contribuir al diálogo permanente y participativo del talento humano en salud sobre temas de interés relacionados con el ejercicio profesional. En esta oportunidad discutimos por segunda vez sobre el proyecto de Resolución que modificará próximamente los lineamientos de la ley de residencias médicas en nuestro país.
De manera sintética la Dra. Juliana Moreno y el Dr. Sergio Andrade en representación de la ANIR manifestaron al Dr. Luis Gabriel Bernal, Director de Talento Humano del Ministerio de Salud, sus inquietudes sobre la entrada en rigor de la resolución, la vigencia de las becas crédito, y el presupuesto de la ADRES para el pago de la obligación, entre otros temas.
A continuación, le contamos las precisiones del Ministerio, frente a estos y otros cuestionamientos:
¿Cuáles han sido los avances generales que el Ministerio de Salud ha realizado a la fecha y las modificaciones que se han llevado a cabo en este proyecto de resolución de Residentes?
El Dr. Bernal manifestó que la resolución de residentes representa una prioridad para el sistema de salud dado el apoyo y servicio de los residentes a las instituciones del sector, sobretodo en el contexto de la emergencia sanitaria. Ahora bien, frente a la pregunta aseguró que la ley de resolución entra en rigor a partir del mes de julio del presente año, una buena noticia para el gremio, teniendo en cuenta que, si bien la ley contempla una progresividad de 3 años para su implementación gracias al esfuerzo de asociaciones y la financiación del Gobierno Nacional por el proyecto, se logró la financiación de 4.800 residentes de primera especialidad, que son los beneficiarios de la ley; Adicional, afirmó que, en la resolución reglamentaria 1872 se dictamina que en el cambio de administración, es la ADRES la entidad que quedo en la ley como administradora de los recursos.
¿Cuál es la ruta que tiene prevista el Ministerio de Salud para la realización del pago oportuno del contrato especial para la práctica de residencias médicas? Y ¿qué pasará con las becas crédito? ¿serán eliminadas con esta Resolución?
A dicha pregunta, el Dr. Luis Gabriel informó que, para el pago de la obligación contractual, se logró que se tenga dinero suficiente para la entrada en vigencia de los contratos especiales de práctica a partir del segundo semestre del año, para ello, se dispuso una aprobación presupuestal inamovible de 125 mil millones de pesos, que, a la fecha se han venido ejecutando en el primer semestre del año para becas crédito, en donde se han dispuesto 24 mil millones de pesos y se ha beneficiado a cerca de 2.800 interesados; el resto del dinero se dispuso para solventar la obligación de los 4.800 estudiantes estimados. Ahora bien, el Director manifestó que, si bien en tiempos de crisis se busca la movilidad de recursos, hasta el momento, no se comprometen dichos dineros y de ser el caso, para este proyecto existen otras fuentes de financiamiento estimados en presupuesto general de la nación, de ser requerido.
Para los estudiantes, ¿cómo será el proceso de inscripción a la residencia, para percibir dicho contrato especial?
Según la resolución 059 del presente año, el abecé es el siguiente:
- Las universidades se encuentran en la obligación de realizar la inscripción de los residentes en el Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud-ReTHUS
- Adicional, se encuentra en el deber de realizar la inscripción de la cuenta bancaria del beneficiario o residente, en donde se van a percibir los recursos de sostenimiento educativo.
- Por último, se deben ajuntar en el formato de inscripción los documentos de: registro de matrícula, contrato de práctica formativa suscrito y escenario base de rotación.
Con los tramites anteriores, se simplifica el curso de los recursos al residente, y la recepción de dinero se hace de manera directa entre ADRES y el estudiante, sin giros a IPS como se manejaba anteriormente.
¿De cuánto es el giro mensual que los estudiantes recibirán por parte de la ADRES?
El monto establecido por el Ministerio de Salud como mínimo de auxilio estudiantil a residentes, esta sobre los 3 salarios mínimos legales vigentes, con variaciones, según la especialidad. Sin embargo, el giro se realizará mes vencido.
¿Qué pasa si un residente quiere cotizar al fondo de pensiones de manera independiente?
En cuanto al tema, se precisó que para que un residente pueda cotizar de manera independiente a pensión deberá realizarlo a través de los mecanismos de pensión voluntaria derivados en los sistemas de pensión privado y no por el sistema de pensión obligatorio público, como es relacionado en un trabajo de contrato laboral convencional.
Si desean ver todo el conversatorio del Facebook live, lo invitamos para que lo reviva a continuación:
Recuerden que, si tienen dudas o consultas durante su residencia médica ustedes pueden acudir a nuestra línea de Asesoría Legal Oportuna Fepasde a nivel nacional al 01 8000 180 343 y en Bogotá al 744 81 00 donde un equipo de abogados especializados podrá resolver sus inquietudes y orientarlos.