fbpx

¿Decreto 521 deja en el aire el pago de deudas al personal vinculado por prestación de servicios?



El pasado 6 de abril el Ministerio de Salud expidió el Decreto 521 de 2020  “Por el cual se establecen los criterios para la estructuración, operación y seguimiento del saneamiento definitivo de los recobros por concepto de servicios y tecnologías de salud no financiados con cargo a la UPC del régimen contributivo”. Este decreto tiene gran impacto en el talento humano en salud, debido a que establece una depuración de deudas entre EPS e IPS en donde trae consigo la obligación de las instituciones y los proveedores de servicios y tecnologías en salud de priorizar deudas laborales; esta priorización contará con la verificación de la Superintendencia Nacional de salud.

Dentro del artículo 29 de dicho decreto se estableció que para los efectos de saneamiento definitivo todos los actores involucrados deberán depurar los ítems incluidos en las facturas o documentos equivalentes que sean auditados o aquellas que sean pagadas con los recursos dispuestos por este mecanismo, además establece que debe haber una priorización de las deudas laborales y prestacionales por parte de las IPS beneficiarias del saneamiento previsto, las cuales estarán obligadas a priorizar el pago de deudas que tengan con los trabajadores de la salud.

A pesar de esto, el decreto no específico si las deudas laborales y prestacionales a la que se refiere también incluyen al talento humano en salud vinculado a través de contrato por prestación de servicios, teniendo presente que un gran porcentaje del personal en salud se encuentra vinculado bajo esta modalidad.

Por lo anterior y dadas las circunstancias actuales de muchos profesionales, la Sociedad Colombiana de Anestesiología y Reanimación, S.C.A.R.E. y el Fepasde hacen un llamado al Ministerio de Salud para que aclare este punto  del Decreto 521 de 2020 y se realice la reglamentación correspondiente o se expidan circulares  que den claridad a la interpretación de esa norma, para que de esta manera se garantice que todas las IPS y en general los destinatarios del giro de recursos del Estado,  prioricen el pago de las deudas con el talento humano en salud, independientemente del tipo de vinculación.

Para consultar el Decreto 521 de 2020 completo haga clic aquí



Fecha de publicación: abril 8, 2020

La S.C.A.R.E. cuenta con 21 oficinas a nivel nacional que a través del Fondo Especial para Auxilio Solidario de Demandas “FEPASDE”, otorga diferentes beneficios sociales cuyo propósito común es apoyar a quienes ejercen profesiones o desempeñen ocupaciones en su condición de personal de la salud, beneficios que van dirigidos a brindar respaldo y bienestar en temas gremiales, científicos, académicos, personales, profesionales y jurídicos para sus más de 57 mil afiliados

Noticias Recientes

Conéctese con Fepasde

Ahora sus pagos de FEPASDE y FEPASDE PRÉSTAMOS los encuentra en un solo clic

Ingrese a

En donde podrá encontrar en una misma consulta todos los productos y elegir cual quiere pagar

Si presenta algún inconveniente con su pago en línea, ingrese a

Usted Podrá

  • Realizar consultas de nivel general
  • Solicitar certificados de cobertura y finalización
  • Información de su plan de aportes
  • Peticiones, quejas, reclamaciones y sugerencias
  • Información de préstamos
  • Actualización de datos
  • Solicitud de nuevas afiliaciones
  • Recuerde que a través de esta línea puede acceder a las asesorías jurídicas que funcionan las 24 horas de los 7 días de la semana.

Armenia  (606) 735 8159
Bogotá   (601) 744 8100
Bucaramanga (607) 697 3093
Barranquilla (605) 386 1950
Cali  (602) 489 7234
Cúcuta   (607) 595 6341
Cartagena (605) 693 9844
Ibagué (608) 277 0843
Manizales  (606) 892 8072
Medellín   (604) 6052298
Montería (604) 789 0650
Neiva (608) 8631026
Pereira  (606) 340 0135
Popayán (602) 835 3770
Pasto (602) 738 2025
Riohacha (605) 727 4999 – (605) 727 3300
Sincelejo (605) 276 5344
Santa Marta  (605) 436 8361
Tunja (608) 7471763
Valledupar (605) 5712195 – (605) 5893964
Villavicencio (608) 6833520