La Corte Constitucional ha emitido la Sentencia T-135 de 2025, un fallo clave para el personal de salud que acompaña a las mujeres durante el parto. En esta decisión, el alto tribunal reafirma el derecho de las mujeres a decidir sobre su proceso de nacimiento, resalta la importancia del consentimiento informado y reconoce el plan de parto como una herramienta fundamental de diálogo entre paciente y equipo médico. La sentencia plantea reflexiones profundas sobre el rol del talento humano en salud en la garantía de la autonomía y la dignidad de cada paciente. Desde el Fepasde, realizamos un análisis práctico de esta decisión y sus implicaciones.
El caso que motivó esta sentencia fue el de una mujer que, pese a tener condiciones físicas adecuadas para un parto vaginal, solicitó una cesárea por miedo profundo al parto natural. La EPS rechazó la petición y condicionó la realización del procedimiento al pago directo por parte de la paciente. Solo tras interponer una tutela y la valoración de un especialista, la mujer pudo acceder a la cesárea sin costos adicionales.
Este episodio pone sobre la mesa la importancia del rol del profesional de la salud: no basta con realizar el procedimiento clínico; la información clara, oportuna y el respeto por la autonomía de la paciente son igualmente esenciales.
La Corte constató que la falla principal fue la falta de comunicación efectiva sobre los derechos de la mujer: no se le informó sobre la posibilidad de presentar un plan de parto ni se le explicó con detalle las opciones y sus implicaciones. La desinformación la llevó a recurrir a la justicia para hacer valer un derecho ya reconocido.
Para los profesionales, esto significa que el consentimiento informado y el plan de parto deben ser herramientas rutinarias en la práctica clínica. El primero asegura que cada intervención médica se base en una comprensión real y consciente por parte del paciente. El segundo, por su parte, promueve el diálogo anticipado para respetar las preferencias y decisiones personales.
La sentencia recuerda que la Ley de Parto Respetado busca evitar intervenciones innecesarias y la violencia obstétrica, pero también reconoce que cuando la mujer, debidamente informada, opta por una cesárea, su voluntad debe ser respetada. Esto implica un cambio de paradigma: la cesárea humanizada no es una excepción o imposición, sino un acuerdo basado en respeto, bienestar físico y emocional.
Como medida de no repetición, la Corte ordenó a la EPS Sura capacitar a su personal en estas prácticas para garantizar que todas las mujeres puedan tomar decisiones plenamente informadas y acompañadas.
Para los profesionales de la salud, esto exige un compromiso constante con la formación en derechos, comunicación efectiva y atención centrada, reconociendo que un parto respetado comienza mucho antes del nacimiento: inicia cuando la mujer es escuchada, orientada y reconocida como sujeto de derechos.
Fepasde, contigo en cada decisión profesional
En Fepasde respaldamos los fallos que fortalecen la autonomía y dignidad de los pacientes y que promueven una práctica clínica basada en el respeto y la información clara. Sabemos que cada decisión debe apoyarse en estos principios para ofrecer una atención segura y ética. Estamos contigo para que ejerzas tu labor con confianza, claridad y respaldo legal.