¿Cómo brindar atención digna y adecuada a niños, niñas y adolescentes con condiciones intersexuales o vivencias transgénero?

Por: Verónica Muñoz. Jefe Jurídico Fepasde
Transgénero

En Colombia, la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes (NNA) con condiciones intersexuales o vivencias transgénero es un tema que involucra profundas reflexiones éticas, jurídicas y médicas. La reciente Resolución 309 de 2025 del Ministerio de Salud y Protección Social establece límites claros frente a procedimientos irreversibles, priorizando el interés superior del menor y su autonomía progresiva.

A continuación, te presentamos los aspectos más relevantes que debes conocer:

Prohibición de cirugías irreversibles sin asentimiento del menor

La normativa prohíbe expresamente que los representantes legales soliciten procedimientos quirúrgicos de reasignación de sexo en recién nacidos y en menores que no puedan dar su consentimiento informado. Esta medida se basa en:

  • El alto riesgo de estos procedimientos.
  • Sus efectos permanentes sobre la identidad y el desarrollo.
  • El respeto al derecho fundamental al libre desarrollo de la personalidad.

Esto implica que no es válido el consentimiento sustituto de los padres o tutores para intervenciones irreversibles.

Consentimiento informado pediátrico desde los 14 años

La Resolución reconoce que, a partir de los 14 años, los adolescentes tienen derecho a participar de manera efectiva en decisiones sobre su cuerpo y su identidad de género. Para autorizar un procedimiento de reasignación de sexo se requiere:

  • El consentimiento informado del menor.
  • Una evaluación favorable que confirme su capacidad de comprender aspectos relacionados con sexualidad, derechos sexuales, implicaciones y riesgos de la intervención.

Decisiones compartidas ante conflictos de voluntad

En casos donde exista desacuerdo entre el adolescente y sus representantes legales, la norma introduce el concepto de decisiones compartidas. Se prioriza siempre:

  • El interés superior del menor.
  • La protección de su autonomía progresiva.
  • La valoración interdisciplinaria de su madurez y nivel de comprensión.

Enfoque interdisciplinario y respeto a la diversidad

La atención de niños, niñas y adolescentes con identidades de género diversas requiere un acompañamiento integral que contemple:

  • Evaluación médica y psicológica.
  • Asesoría jurídica.
  • Orientación ética centrada en la dignidad y los derechos humanos.

Este enfoque se articula con iniciativas como el Proyecto de Ley Integral de Identidad de Género, actualmente en trámite en el Congreso, que busca ampliar las garantías de reconocimiento y protección de las personas trans en otros ámbitos sociales.

La Resolución 309 de 2025 representa un avance significativo en Colombia para asegurar que cualquier decisión sobre intervenciones irreversibles se tome de manera informada, respetuosa y centrada en la persona menor de edad. La premisa fundamental es que el acompañamiento clínico y legal no puede desconocer la capacidad progresiva de cada niño, niña o adolescente para decidir sobre su cuerpo, su identidad y su proyecto de vida.

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Fecha de publicación: julio 1, 2025

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