El camino para pensionarse representa la consolidación de décadas de esfuerzo y dedicación al cuidado de la salud. Para quienes se encuentran proyectando su descanso, el panorama jurídico en Colombia ha integrado recientemente medidas que fortalecen la protección del trabajador en esta etapa de transición.
Reducción de semanas para las mujeres
Desde el 1 de enero de 2026, en Colombia comenzó a regir una reducción progresiva en el número de semanas de cotización necesarias para que las mujeres accedan a la pensión de vejez. Esta reforma responde a decisiones de la Corte Constitucional que reconocen las brechas laborales históricas enfrentadas por las mujeres debido a labores de cuidado y maternidad.
Los puntos centrales de esta reducción para el 2026 son:
- Cambio en el requisito mínimo: Hasta 2025, se exigían 1.300 semanas en ambos regímenes. A partir de enero de 2026, una mujer que cuente con 1.250 semanas ya puede solicitar su pensión de vejez.
- Régimen de Prima Media (Colpensiones): En 2026 el requisito es de 1.250 semanas. La reducción continuará en 25 semanas por año hasta llegar a 1.000 en 2036.
- Fondos Privados (RAIS): El requisito inicia en 1.135 semanas para 2026. Disminuirá 15 semanas anualmente hasta alcanzar las 1.000 semanas en 2035.
- Beneficio en la mesada: Las semanas cotizadas por encima del nuevo mínimo incrementarán el valor de la pensión en un 1,5% por cada 50 semanas adicionales.
- Oportunidad de traslado: Hasta el 16 de julio de 2026, mujeres desde los 47 años con al menos 750 semanas cotizadas pueden cambiar de régimen pensional sin necesidad de procesos judiciales.
Ampliación de la protección para trabajadores próximos a pensionarse
Complementando estas garantías, la Corte Suprema de Justicia, mediante la Sentencia SL-2600-2025, actualizó la protección para quienes están próximos a pensionarse. Esta estabilidad laboral reforzada ya no se limita únicamente a quienes deben completar semanas de cotización.
Ahora, se reconoce como trabajador protegido a quien:
- Se encuentre a tres años o menos de cumplir la edad pensional, incluso si ya completó sus semanas de cotización.
- Tenga el derecho a permanecer en su empleo hasta el reconocimiento efectivo de su pensión.
- No pueda ser despedido sin una justa causa legalmente comprobada, garantizando así su subsistencia económica en esta etapa final.
En Fepasde protegemos tu historia
En esta conmemoración del Día Internacional de la Mujer, reconocemos la trayectoria de nuestras profesionales de la salud y reafirmamos el compromiso con la defensa y garantía de los derechos de las mujeres que han dedicado gran parte de su vida al cuidado de sus familias y al desarrollo del país.
Si estás cercana a la edad de pensión (57 años) o has tenido dificultades para completar tus semanas debido a trayectorias laborales intermitentes, en Fepasde analizamos tu situación y te brindamos asesoría jurídica para identificar las alternativas vigentes.
Recuerda que hasta el 16 de julio de 2026 se encuentra habilitada la “Oportunidad de traslado” para quienes cumplan los requisitos establecidos en la ley.
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