El Ministerio de Salud y Protección Social publicó recientemente un proyecto de resolución que busca reglamentar la gestión territorial integral de la salud pública, incluyendo la ejecución del Plan de Intervenciones Colectivas (PIC) dentro del Plan Decenal de Salud Pública y la Estrategia de Atención Primaria en Salud.
Este proyecto define nuevas responsabilidades para departamentos, distritos y municipios, así como lineamientos para el seguimiento, financiamiento y uso de los recursos públicos en salud. Si bien la propuesta busca fortalecer la salud pública desde el enfoque territorial, también plantea retos importantes en términos de claridad normativa, sostenibilidad financiera y respeto al marco legal vigente.
¿Qué observamos y por qué importa?
Presentamos observaciones técnicas dirigidas a proteger la correcta destinación de los recursos del Sistema General de Participaciones (SGP) y a garantizar condiciones justas para el talento humano en salud vinculado a estas acciones. Estas observaciones se organizaron en torno a tres aspectos clave:
Uso adecuado de los recursos públicos
Se advirtió que varios artículos del proyecto podrían generar interpretaciones amplias que permitirían destinar recursos de salud pública a gastos no autorizados por la ley. Por ello, se propuso incorporar referencias expresas al artículo 47 de la Ley 715 de 2001, que establece que solo el 10% del Sistema General de Participaciones puede destinarse a salud pública, diferenciándolo claramente del aseguramiento (87%) y del subsidio a la oferta (3%).
Pago oportuno al talento humano en salud
Se sugirió que el seguimiento a la ejecución del PIC incluya de manera explícita la verificación del flujo de recursos hacia quienes implementan las acciones, garantizando el pago oportuno al talento humano vinculado a estas actividades. Esta medida busca proteger la calidad y continuidad de los servicios en salud pública.
Claridad en responsabilidades territoriales
Se solicitó ajustar la redacción de varios artículos para evitar que los entes territoriales asuman cargas o compromisos presupuestales por fuera de sus competencias legales. Esto incluye una formulación precisa de sus obligaciones conforme a la Ley 715 de 2001, especialmente en lo relacionado con ejecución de recursos y prohibiciones de gasto.
Desde Fepasde seguiremos participando activamente en la discusión normativa, con el firme compromiso de defender una salud pública sólida, eficiente y con condiciones dignas para quienes la hacen posible.
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