fbpx

¿Cuánto tiempo tiene para hacer una reclamación por la vulneración de sus derechos laborales?

De las relaciones laborales se derivan un gran número de derechos y obligaciones por parte de empleador, quien es responsable del pago de prestaciones sociales y de salarios dentro del término señalado por la normatividad y las cláusulas de la relación contractual ya sea de naturaleza pública o privada.

Además, en el país existen otras relaciones laborales que pueden estar disfrazadas por una de otro tipo, vulnerando el principio constitucional de la realidad sobre las formas.

La normatividad Colombiana otorga a los trabajadores la posibilidad de reclamar los derechos laborales que consideren no se han reconocido por parte de los empleadores (entidad pública o privada), pero debemos tener en cuenta que dicho reclamo debe hacerse dentro de un periodo de tiempo, una vez se haya causado dicho derecho, pues de no hacerlo se activa el fenómeno de la prescripción que no es otra cosa que la perdida de reclamación de los derechos laborales por no haber iniciado las acciones pertinentes en un tiempo  determinado.

Pero ¿De cuánto tiempo estamos hablando para ejercer las acciones laborales? Son tres años contados a partir de cuándo se genera el derecho, y recordemos que el derecho no se genera con la terminación de la relación contractual o laboral, sino cuando debió haberse reconocido el salario, la prestación o el pago adeudado, razón por la cual es bastante común que la gran mayoría de las personas pierdan varios años de reclamación al no haber iniciado las acciones dentro del término pues esperan a la terminación del vínculo entre las partes.

Por ello recuerde que es mejor que se asesore siempre sobre estos temas que son de gran impacto para usted pues debe tener una orientación completa que le permite tener la claridad y certeza para hacer valer sus derechos.

Si usted es afiliado lo invitamos a comunicarse a nuestra línea de asesoría legal oportuna al 01 8000 180 343 o en Bogotá al (1)744 8100

Fecha de publicación: agosto 10, 2020

La S.C.A.R.E. cuenta con 21 oficinas a nivel nacional que a través del Fondo Especial para Auxilio Solidario de Demandas “FEPASDE”, otorga diferentes beneficios sociales cuyo propósito común es apoyar a quienes ejercen profesiones o desempeñen ocupaciones en su condición de personal de la salud, beneficios que van dirigidos a brindar respaldo y bienestar en temas gremiales, científicos, académicos, personales, profesionales y jurídicos para sus más de 57 mil afiliados

Noticias Recientes

Conéctese con Fepasde

Ahora sus pagos de FEPASDE y FEPASDE PRÉSTAMOS los encuentra en un solo clic

Ingrese a

En donde podrá encontrar en una misma consulta todos los productos y elegir cual quiere pagar

Si presenta algún inconveniente con su pago en línea, ingrese a

Usted Podrá

  • Realizar consultas de nivel general
  • Solicitar certificados de cobertura y finalización
  • Información de su plan de aportes
  • Peticiones, quejas, reclamaciones y sugerencias
  • Información de préstamos
  • Actualización de datos
  • Solicitud de nuevas afiliaciones
  • Recuerde que a través de esta línea puede acceder a las asesorías jurídicas que funcionan las 24 horas de los 7 días de la semana.

Armenia  (606) 735 8159
Bogotá   (601) 744 8100
Bucaramanga (607) 697 3093
Barranquilla (605) 386 1950
Cali  (602) 489 7234
Cúcuta   (607) 595 6341
Cartagena (605) 693 9844
Ibagué (608) 277 0843
Manizales  (606) 892 8072
Medellín   (604) 6052298
Montería (604) 789 0650
Neiva (608) 8631026
Pereira  (606) 340 0135
Popayán (602) 835 3770
Pasto (602) 738 2025
Riohacha (605) 727 4999 – (605) 727 3300
Sincelejo (605) 276 5344
Santa Marta  (605) 436 8361
Tunja (608) 7471763
Valledupar (605) 5712195 – (605) 5893964
Villavicencio (608) 6833520